¡Bienvenido! Te invitamos a participar en nuestra consulta pública, nos interesa conocer tu opinión, comentarios y/o propuestas sobre los Programas de Mejora Regulatoria de las Dependencias y Entidades de la Administración Publica Estatal.
¿Qué es el Programa de Mejora Regulatoria?
Los Programas de Mejora Regulatoria (PMR) son una herramienta que tiene por objeto mejorar la Regulación vigente e implementar acciones de Simplificación de Trámites y Servicios.
La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria pone a disposición de la ciudadanía e interesados en general, los Programas Preliminares de Mejora Regulatoria que las Dependencias y/o Entidades de la Administración Pública Estatal que han elaborado a efecto de que se brinden propuestas y recomendaciones sobre las acciones proyectadas, haciendo efectiva su participación a través de este medio.
¿Por qué es importante tu participación?
Si bien las instituciones del Gobierno del Estado se encargan de la elaboración de estos Programas de Mejora Regulatoria, es muy importante contar con las opiniones de los ciudadanos que experimentan a diario la relación con los servidores públicos de las Dependencias y/o Entidades de la Administración Pública Estatal. De esta forma, la perspectiva de los ciudadanos coadyuva de manera significativa en la identificación de mejoras adicionales a las detectada por las propias instituciones.
El objetivo de este ejercicio es promover sus sugerencias y comentarios ante las instituciones y los particulares de la manera más eficiente.
Indicaciones
NOTA: La Consulta Pública estará disponible en un periodo de 20 días.
1.- Descarga el archivo PDF correspondiente al Programa de Mejora Regulatoria de la Dependencia y/o Entidad de su interés.
2.- Descarga el formulario para realizar propuestas a las Líneas de Acción respecto a la simplificación de trámites y servicios contenidos en el Programa de Mejora Regulatoria de la Dependencia y/o Entidad de su interés. **Descargar
3.-Llena el Formulario y envíalo a la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o de manera impresa en las oficinas de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (Boulevard Andres Serra Rojas No. 1090, Edificio Anexo Torre Chiapas en el Nivel 1A, Paso Limón, C.P. 29045, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas).
4.- Las propuestas y recomendaciones enviadas serán analizadas y, en su caso, se tomarán en consideración los comentarios de los particulares y sectores interesados para actualizar el PMR 2024 correspondiente.
Formulario para la Consulta Pública del PMR
Programas Preliminares de Mejora Regulatoria 2024
PMR 2024 de la Dependencia y/o Entidad | Consultar Archivo |
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Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas | Ver |
Instituto de Ciencia Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas | Ver |
Instituto de Infraestructura Física Educativa del Estado de Chiapas | Ver |
Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas | Ver |
Oficialía Mayor Del Estado | Ver |
Secretaría de Hacienda | Ver |
Secretaría de la Honestidad y Función Pública | Ver |
Secretaría de Movilidad y Transporte | Ver |
Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas | Ver |
Universidad Politécnica de Chiapas | Ver |
¿Qué es el Documento de Seguridad?
Es el instrumento que describe y da cuenta de modo general sobre las medidas de seguridad técnicas, físicas y administrativas adoptadas por el responsable para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales que posee y somete a tratamiento.
1. Versión Pública del Documento de Seguridad
Se transparenta una versión pública y no el documento íntegro, debido a que éste contiene información reservada, la cual fue clasificada y testada con la finalidad de no comprometer la seguridad de los datos personales de personas físicas, ni menoscabar o limitar la capacidad de las autoridades para evitar la comisión de delitos.
2. Programa General de Capacitación
El Programa General de Capacitación tiene como objeto que la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria garantice que las personas servidoras públicas que lo integran estén capacitadas en temas de transparencia y datos personales, para cumplir con lo establecido en la Ley en la materia, así como en los lineamientos, de conformidad con las responsabilidades que tienen asignadas.
3. Inventario de Datos Personales
Se transparenta el inventario de datos personales que se llevan a cabo en las unidades administrativas de esta Comisión Estatal.
La Secretaría de Economía y del Trabajo, en coordinación con la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (COESMER), invitan a participar en la convocatoria:
PRECIO DIFERENCIAL DE TARIFAS DEL REGISTRO DE MARCA PARA GRUPOS ESPECIALES 2024-I
BASES
1.- Objetivo
Apoyar a las empresas formales con la reducción del 90% en el pago de la solicitud del registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad industrial (IMPI), para el fortalecimiento de sus empresas.
2.- Sujetos de apoyo
El programa está dirigido a empresas formales, que estén registradas en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya sean personas físicas con actividad empresarial, o personas morales y que se encuentran contempladas en uno de los siguientes grupos:
3.- Vigencia de la convocatoria
A partir del martes 26 de diciembre de 2023, hasta el miércoles 24 de enero del 2024.
4.- Requisitos
El martes 30 de enero de 2024, a las 11:00 horas, se llevará a cabo una capacitación virtual por medio de la plataforma Zoom, se enviará a los correos electrónicos registrados el link de acceso.
7.- ACLARACIONES
Varios registros: En caso que la persona solicitante desee registrar más de una marca, o registrar su marca en 2 o más clases, deberá realizar un registro por cada clase diferente que solicite, ya que recibirá una carta de beneficiaria(o) por cada registro.
Copropiedad: En caso de que el registro de marca, desee realizarse en sociedad con dos o más personas, todas las personas que sean los copropietarios deben encontrarse dentro de algún grupo de “los sujetos de apoyo”, y deberán especificar sus nombres en la solicitud de registro.
Pago del 10%: El solicitante deberá cubrir el 10% del costo por el registro de marca ante el IMPI, el cual asciende a la cantidad de $312.64 (trescientos doce pesos 64/100 M.N.). Por cada solicitud, es necesario realizar el pago, es decir, si se solicitan 2 registros de marca, deberá realizar 2 pagos.
Búsqueda y clasificación: Conforme ingresen las solicitudes de inscripción al programa, la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (COESMER) realizará la búsqueda de anterioridades fonéticas, para verificar si la marca tiene probabilidad de registro, y determinará la clase a la que pertenece la marca, conforme a su actividad y de acuerdo a la clasificación NIZA.
Fecha límite de pago del 10%:Seguimiento a la solicitud: Posterior a la conclusión del proceso de registro, el IMPI continúa con la evaluación de la solicitud, por lo que es necesario que cada persona beneficiaria realice el seguimiento correspondiente a través de su cuenta PASE.
Notificaciones del IMPI: En caso de que el IMPI notifique de alguna observación, esta debe contestarse por medio de la cuenta pase. La constestación tiene un costo de $377.89 pesos.
Seguimiento a la solicitud: Posterior a la conclusión del proceso de registro, el IMPI continúa con la evaluación de la solicitud, por lo que es necesario que cada persona beneficiaria realice el seguimiento correspondiente a través de su cuenta PASE.
Resolución del otorgamiento de la marca: La resolución para el otorgamiento del Registro de Marca, es una facultad del IMPI, lo que implica que no depende de la Secretaría de Economía y del Trabajo, ni de la Comisión de Mejora Regulatoria (COESMER) otorgar el título de propiedad.
Tiempo de resolución: El tiempo para la resolución por parte del IMPI para el otorgamiento del Registro de Marca, varía en un promedio de 6 a 8 meses.
MÓDULOS DE ATENCIÓN
COMISIÓN ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA (COESMER)
Tuxtla Gutiérrez
Responsable: Lic. Luis Xavier Pérez Damas
Boulevard Andrés Serra Rojas No. 1090. Edificio Anexo a la Torre Chiapas en el Nivel 1A.
Col. Paso Limón C.P. 29045. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Tel. 961.691.4722, ext. 66130, 66133 y 66150
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
Chiapa de Corzo
Responsable: Lic. Génaro Mundo Zarazúa
Av. Francisco I. Madero No.365, Barrio San Jacinto C.P. 29160
Tel. 961.260.8082
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
Cintalapa de Figueroa
Responsable: Lic. Jorge Armando Ramos Vargas
1ª. Norte Oriente #5 Col. Centro
Tel. 968.684.6071
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
Comitán de Domínguez
Responsable: Lic. Humberto Armando Camacho Domínguez
Benito Juárez # 22 – Calle Central Poniente Col. Centro. CP. 30000
Tel.: 963.632.0082
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
Palenque
Responsable: Lic. Ana Laura Castellanos Cruz
Av. Reforma # 25 (entre Independencia y Abasolo) Col. Centro. CP. 29960
Tel.: 916.345.1618
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
Tapachula
Responsable: Lic. Sofía Elba Aguilar Castro
Secretaría de Economía Estatal, Planta baja. Blvd. Díaz Ordaz # 11 Col. Cedros de Erika. CP. 30779
Tel.:962.255.1903
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Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.
¿Qué es la Protección de Datos Personales?
La protección de datos personales, es un derecho humano fundamental que nos otorga el poder de controlar la información personal que compartimos con otras personas e instituciones para prevenir cualquier daño a nuestra privacidad.
¿Qué son los Datos Personales?
Los datos personales son toda aquella información que pertenece a una persona física o jurídica colectiva que puede ser usada para identificarla directa o indirectamente.
Clasificación de Datos Personales
Clasificación de Datos Personales Sensibles
¿Qué son los Datos Abiertos?
Los datos abiertos, son aquellos datos que pueden ser utilizados, reutilizados y redistribuidos libremente por cualquier persona y que únicamente requieran identificar su fuente y compartirse de la misma manera en la que aparecen.
¿Dónde puedo consultar la información de las obligaciones de transparencia de la Comisión Estatal?
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 85 y 86 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS), se transparenta activamente la información y la puedes consultar de la siguiente manera:
¿Qué es la Transparencia Proactiva?
La Transparencia Proactiva es un conjunto de actividades mediante las cuales se busca identificar, generar, publicar y difundir información adicional a aquella que ya es considerada como obligatoria por la Ley General de Transparencia por parte de las instituciones públicas. La Transparencia Proactiva también busca facilitar la generación de conocimiento público útil, enfocado a las necesidades de la sociedad.
¿Qué es la Transparencia?
Consiste en que los llamados sujetos obligados hagan claro y visible el ejercicio de sus atribuciones, facultades y funciones, el manejo de los recursos públicos que administran y las decisiones que toman en el ámbito de su competencia, poniendo a disposición de la sociedad la información que generan, obtienen, poseen o resguardan.
¿Qué es la información pública?
Es toda aquella que generan, obtienen, poseen o administran los sujetos obligados sobre las acciones que realizan y como consecuencia del ejercicio de las atribuciones, facultades, competencias y funciones que les han sido conferidas, cualquiera que sea su soporte y forma de expresión, la cual se encuentra contenida en documentos de archivo.
La información debe ser pública, accesible, actualizada, oportuna, veraz y generadora de conocimiento público útil.
¿Qué es el derecho de acceso a la información?
Es un derecho humano y fundamental de rango constitucional que tienen todas las personas para acceder a información que obre en los archivos de los sujetos obligados, siempre y cuando dicha información no se encuentre clasificada como reservada o confidencial.
¿Qué son los documentos de archivo?
Son los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas; o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las atribuciones, facultades y funciones de los sujetos obligados, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Dichos documentos podrán estar en cualquier tipo de soporte o medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.
Consulta el Diccionario de Transparencia y Acceso a la Información Pública que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pone a tu disposición.
Para consultar dar clic en la imagen